La Ley exige como mínimo el cumplimiento de siete condiciones básicas para que una familia pueda obtener un Bono de Vivienda.
Este bono ordinario se les asigna a las familias que tienen ingresos menores a ¢276.136.00 y cuando este monto es superado; el monto final del bono será proporcional a los ingresos familiares. Sus propósitos son Construcción en lote propio, Compra de vivienda existente o nueva, Compra de lote y construcción.
Ventajas:
Este programa de bono está dirigido a familias de ingresos medios que desean cumplir su sueño de casa propia accediendo a un bono y un crédito en condiciones de tasa y plazo muy accesibles. Sus propósitos son Construcción en lote propio, Compra de vivienda existente, Compra de lote y construcción, Reparación, ampliación, mejoras.
Pueden optar por este bono parejas casadas o en unión libre con o sin hijos, parejas del mismo sexo con al menos tres años de convivencia, mujeres jefas de hogar, entre otros núcleos familiares, que no cuenten con los recursos suficientes para obtener una casa propia. Las familias deben contar con ingresos familiares entre ¢414.204 y ¢1.656.816.
Ventajas:
Este es un bono especial que busca prolongar o restituir la vida útil de las viviendas mediante la Reparación, Ampliación, Mejoramiento y Terminación, y mejorar la calidad de vida de las familias.
Pueden optar por este bono las familias cuyas viviendas requieren la sustitución parcial o total de componentes constructivos por razones de seguridad, salubridad y/o hacinamiento.
Ventajas:
Este programa de bono especial esta dirigido a aquellas personas o parejas de 65 años o más que no cuentan con más familiares en su núcleo familiar. Ya sean solos o en pareja deben reunir las condiciones físicas y mentales para habitar solos una vivienda. Los adultos mayores tienen el derecho a recibir un bono y medio para que solucionen su problema de vivienda y mejoren su calidad de vida.
Ventajas:
La Ley faculta a las familias que tienen entre sus miembros una o más personas con impedimento físico total y permanente, a recibir un bono familiar y medio, con el fin de que adquieran una vivienda con las adaptaciones constructivas y de ubicación que requiera la persona con la discapacidad.
Ventajas:
Este programa de bono fue creado para dar a las familias que no cuentan con lote propio, la oportunidad de construir su vivienda en un terreno no segregable de un familiar. La familia solicitante del bono y la familia dueña del terreno deben estar emparentadas en al menos uno de los integrantes de cada familia, por relación de consanguinidad, afinidad o parentesco colateral hasta el tercer grado inclusive.
Se tramitan en propiedades que no tengan posibilidad de segregación pero que la municipalidad si les otorga permisos de construcción.
Aparte de las construcciones en vertical, se suman las construcciones en horizontal (comúnmente llamado bono patio). Se permite un máximo de dos edificaciones por lote y para lo cual deben contar con un callejón de acceso.
Este programa fue creado con el fin de atender a las familias que no cuentan con lote propio, que viven en extrema pobreza, situación de emergencia o erradicación de tugurios y asentamientos en precario. También, aplica para emergencias declaradas y solicitud de segundo bono, cuando una familia que ya recibió el subsidio habitacional ha perdido la vivienda, parcial o totalmente a causa de “catástrofes naturales o producidas por siniestros, caso fortuito o fuerza mayor.
Además, de los requisitos generales, las familias en extrema pobreza deben tener un ingreso familiar menor a ¢414.204.00.
Ventajas:
Somos líderes en geotecnia, desarrollo y construcción de proyectos. Estamos en todo el país. Nunca nos rendimos ante los desafíos.
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